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Tipo:

Ordenanza Regional

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Publicado: Mar 31/12/2019

APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN PARCIAL EN LOS EXTREMOS DE LA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA DEL REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

Mediante Ordenanza Regional N°022-2019-GRU-CR se aprueba la modificación parcial en los extremos de la  Disposición Complementaria Modificatoria y Disposición Complementaria Derogatoria del Reglamento de Fiscalización Ambiental Integral de Gobierno Regional de Ucayali; quedando redactado de la siguiente manera:

DISPOSICION COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA:

Las funciones de las Autoridades mencionadas en el artículo 2° del Reglamento de Fiscalización Ambiental Regional las que desarrollan los siguientes órganos:

  1. La Gerencia Regional de Desarrollo Económico, desempeñara las  funciones de Autoridad Decisoria; la  Dirección Regional de Energía y Minas de Ucayali, estará encargado del desempeño de las funciones de Autoridad de Instructora, y los actos de fiscalización- Supervisión, a cargo de los entes designados por la Dirección Regional del Energía y Minas de Ucayali.
  2. La Dirección Regional de la Producción, desempeña las funciones de Autoridad Decisoria; la Dirección Regional de Pesquería, desempeña las Funciones de Autoridad Instructora; y, el área de Medio Ambiente desempeña las funciones de Autoridad de Supervisión, para las materias de su competencia.
  3. La Dirección Regional de la Producción, desempeña las funciones de Autoridad Decisoria; y, la Dirección de Turismo desempeña las funciones de Autoridad de Supervisión y Autoridad Instructora para las materias de su competencia.
  4. La Dirección Regional de Salud, desempeña las  funciones de Autoridad DECISORIA; y , la Dirección Ejecutiva en Salud Ambiental de Ucayali, desempeña las funciones de Autoridad de Supervisión y Autoridad Instructora, para las materias de su competencia.
  5. La Gerencia Regional de Fauna Silvestre de Ucayali, desempeña las funciones de Autoridad Decisoria, y la Sub Gerencia de Fiscalización, Supervisión, Control Forestal  y de Fauna Silvestre, desempeña las funciones de Autoridad de Supervisión y Autoridad Instructora, para las materias de su competencia.
  6. La Autoridad para la Segunda Instancia para la Gerencia Forestal de Flora y Fauna Silvestre de Ucayali- GERFFS, lo resolverá la Gerencia General Regional; de las Direcciones Regionales con competencia de fiscalización ambiental (DREM, DIREPRO, DIRCETUR, DIRESA-DESA) lo resolverá el Superior Jerárquico como es el caso, el Gobierno Regional de Ucayali.
  7. Las Autoridades comprendidas en el proceso sancionador, gozan de potestad sancionadora, pudiendo suscribir Resoluciones Gerenciales Regionales y  Resoluciones Directorales.

 

Etiquetas
Descriptores temáticos SINIA:
Ficha técnica
Tipo de norma
Ordenanza Regional
Número de norma
022-2019
Estado de norma
Vigente
Autor de la publicación
Autoridad Regional Ambiental (ARA) de Ucayali
Fecha de publicación 2019-12-31
Repositorio de origen
SIAR Ucayali
Recursos disponibles
Archivo
Archivo
PDF | 1.55 MB | o.r._fiscalizacion.pdf
Importante
El Sistema Nacional de Información Ambiental-SINIA, constituye una red de integración tecnológica, institucional y técnica que facilita la sistematización, acceso y distribución de la información ambiental, así como el uso e intercambio de información para los procesos de toma de decisiones y de la gestión ambiental (Art. 35°, Ley N°28611). En este sistema, la ciudadania y los tomadores de decisiones acceden a información técnica, acedémica y científica de distintos organismos públicos y privados sobre temas ambientales. Si bien este portal es administrado por el Ministerio del Ambiente, la información disponible en él no representa, necesariamente, la opinion oficial de la institución.
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APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN PARCIAL EN LOS EXTREMOS DE LA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA DEL REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
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022-2019
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fiscalizacion ambiental
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Mediante Ordenanza Regional N°022-2019-GRU-CR se aprueba la modificación parcial en los extremos de la  Disposición Complementaria Modificatoria y Disposición Complementaria Derogatoria del Reglamento de Fiscalización Ambiental Integral de Gobierno Regional de Ucayali; quedando redactado de la siguiente manera:

DISPOSICION COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA:

Las funciones de las Autoridades mencionadas en el artículo 2° del Reglamento de Fiscalización Ambiental Regional las que desarrollan los siguientes órganos:

  1. La Gerencia Regional de Desarrollo Económico, desempeñara las  funciones de Autoridad Decisoria; la  Dirección Regional de Energía y Minas de Ucayali, estará encargado del desempeño de las funciones de Autoridad de Instructora, y los actos de fiscalización- Supervisión, a cargo de los entes designados por la Dirección Regional del Energía y Minas de Ucayali.
  2. La Dirección Regional de la Producción, desempeña las funciones de Autoridad Decisoria; la Dirección Regional de Pesquería, desempeña las Funciones de Autoridad Instructora; y, el área de Medio Ambiente desempeña las funciones de Autoridad de Supervisión, para las materias de su competencia.
  3. La Dirección Regional de la Producción, desempeña las funciones de Autoridad Decisoria; y, la Dirección de Turismo desempeña las funciones de Autoridad de Supervisión y Autoridad Instructora para las materias de su competencia.
  4. La Dirección Regional de Salud, desempeña las  funciones de Autoridad DECISORIA; y , la Dirección Ejecutiva en Salud Ambiental de Ucayali, desempeña las funciones de Autoridad de Supervisión y Autoridad Instructora, para las materias de su competencia.
  5. La Gerencia Regional de Fauna Silvestre de Ucayali, desempeña las funciones de Autoridad Decisoria, y la Sub Gerencia de Fiscalización, Supervisión, Control Forestal  y de Fauna Silvestre, desempeña las funciones de Autoridad de Supervisión y Autoridad Instructora, para las materias de su competencia.
  6. La Autoridad para la Segunda Instancia para la Gerencia Forestal de Flora y Fauna Silvestre de Ucayali- GERFFS, lo resolverá la Gerencia General Regional; de las Direcciones Regionales con competencia de fiscalización ambiental (DREM, DIREPRO, DIRCETUR, DIRESA-DESA) lo resolverá el Superior Jerárquico como es el caso, el Gobierno Regional de Ucayali.
  7. Las Autoridades comprendidas en el proceso sancionador, gozan de potestad sancionadora, pudiendo suscribir Resoluciones Gerenciales Regionales y  Resoluciones Directorales.

 

dc.description.repository
SIAR Ucayali
dc.contributor.author
Autoridad Regional Ambiental (ARA) de Ucayali
dc.date.issued
2019-12-31
dc.identifier.url
http://sinia.drinux.com/sites/default/files/siar-ucayali/archivos/public/docs/o.r._fiscalizacion.pdf