Tipo:
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Publicado: Vie 20/08/2010
Aprueban Límites Máximos Permisibles para la descarga de efluentes líquidos de actividades minero-metalúrgicas.
El presente Decreto Supremo aprueba los Límites Máximos Permisibles - LMP, para la descarga de efluentes líquidos de actividades minero-metalúrgicas. Esta norma aplica a todas las actividades minero-metalurgicas que se desarrollen dentro del territorio nacional.
Asimismo como disposicion complementaria se determina que se derogue la R.M. Nº 011-96-EM/VMM, salvo los artículos 7º, 9º, 10º, 11º y 12º, asi como los anexos 03, 04, 05 y 06, los cuales mantienen su vigencia hasta la aprobación y entrada en vigencia del Protocolo de Monitoreo de Aguas y Efluentes Líquidos.
Etiquetas
Ficha técnica
| Tipo de norma |
Decreto Supremo
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|---|---|
| Número de norma |
010-2010-MINAM
|
| Estado de norma |
Vigente
|
| Autor de la publicación |
Ministerio del Ambiente - MINAM
|
| Fecha de publicación | 2010-08-20 |
| Repositorio de origen |
SINIA MINAM
|
Recursos disponibles
| Archivo |
Archivo
PDF | 1.15 MB |
1378.pdf
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Metadatos Dublin Core
El presente Decreto Supremo aprueba los Límites Máximos Permisibles - LMP, para la descarga de efluentes líquidos de actividades minero-metalúrgicas. Esta norma aplica a todas las actividades minero-metalurgicas que se desarrollen dentro del territorio nacional.
Asimismo como disposicion complementaria se determina que se derogue la R.M. Nº 011-96-EM/VMM, salvo los artículos 7º, 9º, 10º, 11º y 12º, asi como los anexos 03, 04, 05 y 06, los cuales mantienen su vigencia hasta la aprobación y entrada en vigencia del Protocolo de Monitoreo de Aguas y Efluentes Líquidos.
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