Tipo:
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Publicado: Vie 07/08/2015
Aprueban medidas destinadas a la mejora de la calidad ambiental del aire a nivel nacional
Por medio de la presente se decreta queda prohibido el uso y la comercialización de Diésel B5 con un contenido de azufre mayor a 50 ppm en los departamentos de Junín, Tacna y Moquegua, a partir del 01 de Enero de 2016; en adición a los departamentos de Lima, Arequipa, Cusco, Puno, Madre de Dios y la Provincia Constitucional del Callao.
Etiquetas
Ficha técnica
| Tipo de norma |
Decreto Supremo
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|---|---|
| Número de norma |
009-2015-MINAM
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| Estado de norma |
Vigente
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| Autor de la publicación |
Ministerio del Ambiente - MINAM
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| Fecha de publicación | 2015-08-07 |
| Repositorio de origen |
SINIA MINAM
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Recursos disponibles
| Archivo |
Archivo
PDF | 94.66 KB |
ds_009-2015-minam.pdf
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Metadatos Dublin Core
Por medio de la presente se decreta queda prohibido el uso y la comercialización de Diésel B5 con un contenido de azufre mayor a 50 ppm en los departamentos de Junín, Tacna y Moquegua, a partir del 01 de Enero de 2016; en adición a los departamentos de Lima, Arequipa, Cusco, Puno, Madre de Dios y la Provincia Constitucional del Callao.
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