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Publicado: Vie 29/03/2019
Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Ministerio de Agricultura y Riego correspondiente al año 2019
La presente Norma aprueba el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI correspondiente al año 2019.
El artículo 64 del ROF del MINAGRI, dispone que la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios - DGAAA es el órgano encargado de implementar acciones en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental para la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables de competencia, en concordancia con los lineamientos de las Políticas Nacionales Agraria y Ambiental; así como promover la gestión eficiente del recurso suelo para uso agrario; asimismo, conforme al artículo 65 del citado Reglamento, la DGAAA, tiene como funciones, entre otras, “h. Conducir la supervisión, fiscalización y la auditoría ambiental de los proyectos o de las actividades en el marco de los estudios ambientales aprobados; así como el monitoreo del uso de plaguicidas químicos de uso agrícola; i. Aplicar sanciones por las infracciones ambientales en el ámbito de su competencia, de acuerdo a la normatividad vigente”.
Etiquetas
Ficha técnica
| Tipo de norma |
Resolución Ministerial
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|---|---|
| Número de norma |
0124-2019-MINAGRI
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| Estado de norma |
Vigente
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| Autor de la publicación |
Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI
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| Representante | |
| Fecha de publicación | 2019-03-29 |
| Repositorio de origen |
SINIA MINAM
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Recursos disponibles
| Archivo |
Archivo
PDF | 2.8 MB |
r._m._n_0124-2019-minagri.pdf
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| Archivo |
Archivo
PDF | 185.05 KB |
1754990-1.pdf
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Metadatos Dublin Core
La presente Norma aprueba el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI correspondiente al año 2019.
El artículo 64 del ROF del MINAGRI, dispone que la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios - DGAAA es el órgano encargado de implementar acciones en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental para la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables de competencia, en concordancia con los lineamientos de las Políticas Nacionales Agraria y Ambiental; así como promover la gestión eficiente del recurso suelo para uso agrario; asimismo, conforme al artículo 65 del citado Reglamento, la DGAAA, tiene como funciones, entre otras, “h. Conducir la supervisión, fiscalización y la auditoría ambiental de los proyectos o de las actividades en el marco de los estudios ambientales aprobados; así como el monitoreo del uso de plaguicidas químicos de uso agrícola; i. Aplicar sanciones por las infracciones ambientales en el ámbito de su competencia, de acuerdo a la normatividad vigente”.
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