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Tipo:

Decreto Supremo

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Publicado: Vie 11/10/2024

Aprueban el Reglamento de la Ley N° 31991, Ley del Cuerpo de Guardaparques del Perú

El presente Reglamento es de aplicación obligatoria para los trabajadores que realicen labores de guardaparques y para el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), en su condición de ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) y administrador de las áreas naturales protegidas de administración nacional.

Asimismo, es de aplicación obligatoria para los gobiernos regionales que opten por incluir el régimen laboral, desarrollado en el presente reglamento, a favor de los guardaparques que laboran en las áreas de conservación regional.

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Palabras clave:
Descriptores temáticos SINIA:
Ficha técnica
Tipo de norma
Decreto Supremo
Número de norma
007-2024-MINAM
Estado de norma
Vigente
Tipo de documento
Dispositivo legal
Autor de la publicación
Ministerio del Ambiente - MINAM
Representante
País
Fecha de publicación 2024-10-11
Idioma
Número de páginas
Número de Páginas
8
Formato
Pdf
Derechos
Importante
El Sistema Nacional de Información Ambiental-SINIA, constituye una red de integración tecnológica, institucional y técnica que facilita la sistematización, acceso y distribución de la información ambiental, así como el uso e intercambio de información para los procesos de toma de decisiones y de la gestión ambiental (Art. 35°, Ley N°28611). En este sistema, la ciudadania y los tomadores de decisiones acceden a información técnica, acedémica y científica de distintos organismos públicos y privados sobre temas ambientales. Si bien este portal es administrado por el Ministerio del Ambiente, la información disponible en él no representa, necesariamente, la opinion oficial de la institución.
Metadatos Dublin Core
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Aprueban el Reglamento de la Ley N° 31991, Ley del Cuerpo de Guardaparques del Perú
dc.title.code
007-2024-MINAM
dc.subject
Guardaparques
dc.subject.sinia
areas naturales protegidas
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El presente Reglamento es de aplicación obligatoria para los trabajadores que realicen labores de guardaparques y para el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), en su condición de ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) y administrador de las áreas naturales protegidas de administración nacional.

Asimismo, es de aplicación obligatoria para los gobiernos regionales que opten por incluir el régimen laboral, desarrollado en el presente reglamento, a favor de los guardaparques que laboran en las áreas de conservación regional.

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Número de Páginas
8
dc.contributor.author
Ministerio del Ambiente - MINAM
dc.date.issued
2024-10-11
dc.identifier.url
http://sinia.drinux.com/sites/default/files/archivos/public/docs/DS007-2024-MINAM_0.PDF
dc.language.iso
es
dc.type.sinia
text/dispositivolegal
dc.rights
info:eurepo/semantics/openAccess
dc.format
application/pdf