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Publicado: Mié 20/01/2016
Autorizan inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta y anchoveta blanca en área del dominio marítimo, correspondiente al periodo enero - junio 2016
Por medio de la presente se autoriza el inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), en el área marítima comprendida entre los 16°00´LS y el extremo sur del dominio marítimo del Perú, correspondiente al período enero – junio 2016. El inicio de la Primera Temporada de Pesca regirá a partir de la 00:00 horas del noveno día hábil de publicada la presente Resolución Ministerial, siendo la fecha de conclusión, una vez alcanzado el Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Sur – LMTCP-Sur autorizado en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, o en su defecto, no podrá exceder del 30 de junio de 2016. La fecha de conclusión de la Primera Temporada de Pesca 2016 de la Zona Sur podrá ampliarse o reducirse en función a las condiciones biológicas ambientales, previo informe del Instituto del Mar del Perú, a través de la expedición de la Resolución Ministerial respectiva.
Etiquetas
Ficha técnica
| Tipo de norma |
Resolución Ministerial
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|---|---|
| Número de norma |
017-2016-PRODUCE
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| Estado de norma |
Vigente
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| Autor de la publicación |
Ministerio de la Producción - PRODUCE
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| Fecha de publicación | 2016-01-20 |
| Repositorio de origen |
SIAL Trujillo
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Recursos disponibles
| Archivo |
Archivo
PDF | 127.28 KB |
6963.pdf
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Metadatos Dublin Core
Por medio de la presente se autoriza el inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), en el área marítima comprendida entre los 16°00´LS y el extremo sur del dominio marítimo del Perú, correspondiente al período enero – junio 2016. El inicio de la Primera Temporada de Pesca regirá a partir de la 00:00 horas del noveno día hábil de publicada la presente Resolución Ministerial, siendo la fecha de conclusión, una vez alcanzado el Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Sur – LMTCP-Sur autorizado en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, o en su defecto, no podrá exceder del 30 de junio de 2016. La fecha de conclusión de la Primera Temporada de Pesca 2016 de la Zona Sur podrá ampliarse o reducirse en función a las condiciones biológicas ambientales, previo informe del Instituto del Mar del Perú, a través de la expedición de la Resolución Ministerial respectiva.
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