Tipo:
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Publicado: Lun 05/07/2010
Declaran en Emergencia Ambiental el área afectada por el derrame de relaves mineros de la Compañía Minera Caudalosa S.A. en el distrito de Huachocolpa y distrito de Lircay, departamento de Huancavelica.
El Ministerio del Ambiente declaró en emergencia ambiental a los distritos de Huachocolpa y Lircay en Huancavelica, en coordinación con INDECI, el Ministerio de Salud y el Gobierno Regional de Huancavelica, como consecuencia del colapso parcial de la presa de relave en la minera Caudalosa Chica, que produjo un derrame de relaves, ocasionando daños en los ríos Escalera y Opamayo, así como a la población y sus actividades productivas en el distrito de Huachocolpa.
Del mismo modo, la presente Resolución señala que la ejecución del Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo, así como sus precisiones estarán a cargo de las entidades involucradas, en el ámbito de sus competencias y de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 28804.
Etiquetas
Ficha técnica
| Tipo de norma |
Resolución Ministerial
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|---|---|
| Número de norma |
117-2010-MINAM
|
| Estado de norma |
Vigente
|
| Autor de la publicación |
Ministerio del Ambiente - MINAM
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| Fecha de publicación | 2010-07-05 |
| Repositorio de origen |
SINIA MINAM
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Recursos disponibles
| Archivo |
Archivo
PDF | 290.7 KB |
342.pdf
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Metadatos Dublin Core
El Ministerio del Ambiente declaró en emergencia ambiental a los distritos de Huachocolpa y Lircay en Huancavelica, en coordinación con INDECI, el Ministerio de Salud y el Gobierno Regional de Huancavelica, como consecuencia del colapso parcial de la presa de relave en la minera Caudalosa Chica, que produjo un derrame de relaves, ocasionando daños en los ríos Escalera y Opamayo, así como a la población y sus actividades productivas en el distrito de Huachocolpa.
Del mismo modo, la presente Resolución señala que la ejecución del Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo, así como sus precisiones estarán a cargo de las entidades involucradas, en el ámbito de sus competencias y de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 28804.
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