Tipo:
|
Publicado: Mié 13/07/2011
Dispone Gestionar la Certificación Ambiental y el Cumplimiento de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de los Proyectos de Inversión en el Ambito del Gobierno Regional de Huancavelica
La certificación ambiental constituye la resolución de aprobación emitida por el Gobierno Regional de Huancavelica conjuntamente con el Informe técnico sustentatorio, indicando las consideraciones técnicas y legales que apoyan la decisión, asi como las condiciones adicionales surgidas de la revisión del instrumento ambiental, si las hubiera, autorizando la ejecución de la acción o proyecto propuesto, teniendo carácter público.
Que, el otorgamiento de la certificación ambiental no exime al titular de las responsabilidades administrastivas, civiles o penales que pudieran derivarse de la ejecución de su proyecto, conforme a ley.
Que, si como resultado de la revisión y evaluación del expediente administrativo del EIA, se advierte que este no ha considerado los términos de referencia aprobados, o que los potenciales impactos ambientales negativos derivados del proyecto podria tener efectos no aceptables u otro aspecto relevante que se identifique, la autoridad competente emitirá una resolución desaprobatoria que será notificada al titular.
Etiquetas
Ficha técnica
| Tipo de norma |
Ordenanza Regional
|
|---|---|
| Número de norma |
179 - GOB.REG - HVCA/CR
|
| Estado de norma |
Vigente
|
| Autor de la publicación |
Gobierno Regional de Huancavelica
|
| Fecha de publicación | 2011-07-13 |
| Repositorio de origen |
SIAR Huancavelica
|
Recursos disponibles
| Archivo |
Archivo
PDF | 2.5 MB |
o.r.no_179_-_gob.reg-hvcacr.pdf
|
Metadatos Dublin Core
La certificación ambiental constituye la resolución de aprobación emitida por el Gobierno Regional de Huancavelica conjuntamente con el Informe técnico sustentatorio, indicando las consideraciones técnicas y legales que apoyan la decisión, asi como las condiciones adicionales surgidas de la revisión del instrumento ambiental, si las hubiera, autorizando la ejecución de la acción o proyecto propuesto, teniendo carácter público.
Que, el otorgamiento de la certificación ambiental no exime al titular de las responsabilidades administrastivas, civiles o penales que pudieran derivarse de la ejecución de su proyecto, conforme a ley.
Que, si como resultado de la revisión y evaluación del expediente administrativo del EIA, se advierte que este no ha considerado los términos de referencia aprobados, o que los potenciales impactos ambientales negativos derivados del proyecto podria tener efectos no aceptables u otro aspecto relevante que se identifique, la autoridad competente emitirá una resolución desaprobatoria que será notificada al titular.
<code> representan valores normalizados (ISO, MIME types, etc.).