Tipo:
|
Publicado: Vie 20/01/2017
Disponer que el “Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental–OEFA”, será aplicable a las empresas y entidades señaladas en los Decretos Supremos números 096 y 097-2016-PCM
Se resuelve disponer que el “Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental–OEFA”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2014-OEFA/CD, a excepción de lo establecido en el último párrafo del acápite a.1) de su Artículo 5°, será aplicable a las empresas y entidades del sector energía así como las empresas del sector minería señaladas en los Decretos Supremos números 096 y 097-2016-PCM.
Etiquetas
Ficha técnica
| Tipo de norma |
Resolución de Consejo Directivo
|
|---|---|
| Número de norma |
002 -2017-OEFA/CD
|
| Estado de norma |
Vigente
|
| Autor de la publicación |
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
|
| Representante | |
| Fecha de publicación | 2017-01-20 |
| Repositorio de origen |
SINIA MINAM
|
Recursos disponibles
| Archivo |
Archivo
PDF | 45.21 KB |
nl20170121-25-26.pdf
|
Metadatos Dublin Core
Se resuelve disponer que el “Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental–OEFA”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2014-OEFA/CD, a excepción de lo establecido en el último párrafo del acápite a.1) de su Artículo 5°, será aplicable a las empresas y entidades del sector energía así como las empresas del sector minería señaladas en los Decretos Supremos números 096 y 097-2016-PCM.
<code> representan valores normalizados (ISO, MIME types, etc.).