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Publicado: Lun 21/08/2017
Incorpora en el Régimen de Aplicación de Sanciones - RAS y el cuadro único de infracciones y sanciones - CUIS aprobados con la Ordenanza Municipal Nº 014-2009-MDE, la Ordenanza Municipal Nº 028-2009-MDE, la Ordenanza Municipal Nº 002-2012-MDE
INCORPORAR en el RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES - RAS Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES – CUIS aprobado mediante la Ordenanza Municipal Nº 014-2009-MDE, la Ordenanza Municipal Nº 028-2009-MDE, la Ordenanza Municipal Nº 002-2012-MDE, la Ordenanza Municipal Nº 013-2012- MDE, y la Ordenanza Municipal Nº 005-2014-MDE, que regulan el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas - REASA, y el cuadro de infracciones y sanciones - CISA de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, la tipificación de infracciones y sanciones a personas naturales y jurídicas proveedoras del transporte y comercio de alimentos agropecuarios, primarios y piensos conforme en ANEXO Nº 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Etiquetas
Ficha técnica
| Tipo de norma |
Ordenanza Municipal
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|---|---|
| Número de norma |
013-2017-MDE
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| Estado de norma |
Derogado
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| Autor de la publicación |
Municipalidad Distrital La Esperanza
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| Representante | |
| Fecha de publicación | 2017-08-21 |
| Repositorio de origen |
SIAL Trujillo
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Recursos disponibles
| Archivo |
Archivo
PDF | 9.52 MB |
o.m._013-2017-mde_ok.pdf
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Metadatos Dublin Core
INCORPORAR en el RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES - RAS Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES – CUIS aprobado mediante la Ordenanza Municipal Nº 014-2009-MDE, la Ordenanza Municipal Nº 028-2009-MDE, la Ordenanza Municipal Nº 002-2012-MDE, la Ordenanza Municipal Nº 013-2012- MDE, y la Ordenanza Municipal Nº 005-2014-MDE, que regulan el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas - REASA, y el cuadro de infracciones y sanciones - CISA de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, la tipificación de infracciones y sanciones a personas naturales y jurídicas proveedoras del transporte y comercio de alimentos agropecuarios, primarios y piensos conforme en ANEXO Nº 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
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