Compartir este contenido

Tipo:

Ley

|

Publicado: Mar 17/06/1997

Ley de Áreas Naturales Protegidas.

La presente Ley norma los aspectos relacionados con la gestión de las Areas Naturales Protegidas y su conservación de conformidad con el artículo 68º de la Constitución Política del Perú.
Las Areas Naturales Protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonificaciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país.
 

Ficha técnica
Tipo de norma
Ley
Número de norma
26834
Estado de norma
Vigente
Autor de la publicación
Congreso de la República
Representante
Fecha de publicación 1997-06-17
Repositorio de origen
SINIA MINAM
Recursos disponibles
Archivo
Archivo
PDF | 53.5 KB | 1524.pdf
Importante
El Sistema Nacional de Información Ambiental-SINIA, constituye una red de integración tecnológica, institucional y técnica que facilita la sistematización, acceso y distribución de la información ambiental, así como el uso e intercambio de información para los procesos de toma de decisiones y de la gestión ambiental (Art. 35°, Ley N°28611). En este sistema, la ciudadania y los tomadores de decisiones acceden a información técnica, acedémica y científica de distintos organismos públicos y privados sobre temas ambientales. Si bien este portal es administrado por el Ministerio del Ambiente, la información disponible en él no representa, necesariamente, la opinion oficial de la institución.
Metadatos Dublin Core
dc.title
Ley de Áreas Naturales Protegidas.
dc.title.code
26834
dc.subject.sinia
areas de conservacion privada, areas naturales protegidas, valor economico de la proteccion o conservacion de la biodiversidad, areas de conservacion regional
dc.description.abstract

La presente Ley norma los aspectos relacionados con la gestión de las Areas Naturales Protegidas y su conservación de conformidad con el artículo 68º de la Constitución Política del Perú.
Las Areas Naturales Protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonificaciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país.
 

dc.description.repository
SINIA MINAM
dc.contributor.author
Congreso de la República
dc.date.issued
1997-06-17
dc.identifier.url
http://sinia.drinux.com/sites/default/files/sinia/archivos/public/docs/1524.pdf