Tipo:
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Publicado: Mar 08/07/1997
Ley sobre la Conservación y el Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica.
La presente ley norma la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes en concordancia con los artículos 66 y 68 de la Constitución Política del Perú. Los principios y definiciones del Convenio sobre Diversidad Biológica rigen para los efectos de aplicación de la presente ley.
En el marco del desarrollo sostenible, la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica implica:
a) Conservar la diversidad de ecosistemas, especies y genes, así como mantener los procesos ecológicos esenciales de los que dependen la supervivencia de las especies.
b) Promover la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de la diversidad biológica.
c) Incentivar la educación, el intercambio de información, el desarrollo de la capacidad de los recursos humanos, la investigación científica y la transferencia tecnológica, referidos a la diversidad biológica y a la utilización sostenible de sus componentes.
d) Fomentar el desarrollo económico del país en base a la utilización sostenible de los componentes de la diversidad biológica, promoviendo la participación del sector privado para estos fines.
Ficha técnica
| Tipo de norma |
Ley
|
|---|---|
| Número de norma |
26839
|
| Estado de norma |
Vigente
|
| Autor de la publicación |
Congreso de la República
|
| Representante | |
| Fecha de publicación | 1997-07-08 |
| Repositorio de origen |
SINIA MINAM
|
Recursos disponibles
| Archivo |
Archivo
PDF | 14.33 KB |
1523.pdf
|
Metadatos Dublin Core
La presente ley norma la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes en concordancia con los artículos 66 y 68 de la Constitución Política del Perú. Los principios y definiciones del Convenio sobre Diversidad Biológica rigen para los efectos de aplicación de la presente ley.
En el marco del desarrollo sostenible, la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica implica:
a) Conservar la diversidad de ecosistemas, especies y genes, así como mantener los procesos ecológicos esenciales de los que dependen la supervivencia de las especies.
b) Promover la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de la diversidad biológica.
c) Incentivar la educación, el intercambio de información, el desarrollo de la capacidad de los recursos humanos, la investigación científica y la transferencia tecnológica, referidos a la diversidad biológica y a la utilización sostenible de sus componentes.
d) Fomentar el desarrollo económico del país en base a la utilización sostenible de los componentes de la diversidad biológica, promoviendo la participación del sector privado para estos fines.
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