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Tipo:

Ley

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Publicado: Mar 08/07/1997

Ley sobre la Conservación y el Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica.

La presente ley norma la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes en concordancia con los artículos 66 y 68 de la Constitución Política del Perú. Los principios y definiciones del Convenio sobre Diversidad Biológica rigen para los efectos de aplicación de la presente ley.

En el marco del desarrollo sostenible, la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica implica:

a) Conservar la diversidad de ecosistemas, especies y genes, así como mantener los procesos ecológicos esenciales de los que dependen la supervivencia de las especies.
b) Promover la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de la diversidad biológica.
c) Incentivar la educación, el intercambio de información, el desarrollo de la capacidad de los recursos humanos, la investigación científica y la transferencia tecnológica, referidos a la diversidad biológica y a la utilización sostenible de sus componentes.
d) Fomentar el desarrollo económico del país en base a la utilización sostenible de los componentes de la diversidad biológica, promoviendo la participación del sector privado para estos fines.
 

Ficha técnica
Tipo de norma
Ley
Número de norma
26839
Estado de norma
Vigente
Autor de la publicación
Congreso de la República
Representante
Fecha de publicación 1997-07-08
Repositorio de origen
SINIA MINAM
Recursos disponibles
Archivo
Archivo
PDF | 14.33 KB | 1523.pdf
Importante
El Sistema Nacional de Información Ambiental-SINIA, constituye una red de integración tecnológica, institucional y técnica que facilita la sistematización, acceso y distribución de la información ambiental, así como el uso e intercambio de información para los procesos de toma de decisiones y de la gestión ambiental (Art. 35°, Ley N°28611). En este sistema, la ciudadania y los tomadores de decisiones acceden a información técnica, acedémica y científica de distintos organismos públicos y privados sobre temas ambientales. Si bien este portal es administrado por el Ministerio del Ambiente, la información disponible en él no representa, necesariamente, la opinion oficial de la institución.
Metadatos Dublin Core
dc.title
Ley sobre la Conservación y el Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica.
dc.title.code
26839
dc.subject.sinia
valor economico de los recursos geneticos, diversidad genetica cultivada, acceso a recursos geneticos cultivados, valor economico de la proteccion o conservacion de la biodiversidad
dc.description.abstract

La presente ley norma la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes en concordancia con los artículos 66 y 68 de la Constitución Política del Perú. Los principios y definiciones del Convenio sobre Diversidad Biológica rigen para los efectos de aplicación de la presente ley.

En el marco del desarrollo sostenible, la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica implica:

a) Conservar la diversidad de ecosistemas, especies y genes, así como mantener los procesos ecológicos esenciales de los que dependen la supervivencia de las especies.
b) Promover la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de la diversidad biológica.
c) Incentivar la educación, el intercambio de información, el desarrollo de la capacidad de los recursos humanos, la investigación científica y la transferencia tecnológica, referidos a la diversidad biológica y a la utilización sostenible de sus componentes.
d) Fomentar el desarrollo económico del país en base a la utilización sostenible de los componentes de la diversidad biológica, promoviendo la participación del sector privado para estos fines.
 

dc.description.repository
SINIA MINAM
dc.contributor.author
Congreso de la República
dc.date.issued
1997-07-08
dc.identifier.url
http://sinia.drinux.com/sites/default/files/sinia/archivos/public/docs/1523.pdf