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Publicado: Mié 08/01/2014

Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua

La presente Ley especial tiene por objeto regular la constitución y el funcionamiento de las organizaciones de usuarios de agua previstas en la Ley 29338, Ley de Recursos Hídricos. El recurso hídrico es patrimonio de la Nación de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política. Las organizaciones de usuarios de agua son organizaciones estables de personas naturales y jurídicas que canalizan la participación de sus miembros en la gestión multisectorial y uso sostenible de los recursos hídricos, en el marco de la Ley 29338, Ley de Recursos Hídricos.   Las organizaciones de usuarios de agua no persiguen fines de lucro y su actividad en la gestión de infraestructura hidráulica y de los recursos hídricos, es de interés público.
Ficha técnica
Número de norma
30157
Estado de norma
Vigente
Autor de la publicación
Congreso de la República
Fecha de publicación 2014-01-08
Repositorio de origen
SIAL Trujillo
Recursos disponibles
Archivo
Archivo
PDF | 165.01 KB | 3966.pdf
Importante
El Sistema Nacional de Información Ambiental-SINIA, constituye una red de integración tecnológica, institucional y técnica que facilita la sistematización, acceso y distribución de la información ambiental, así como el uso e intercambio de información para los procesos de toma de decisiones y de la gestión ambiental (Art. 35°, Ley N°28611). En este sistema, la ciudadania y los tomadores de decisiones acceden a información técnica, acedémica y científica de distintos organismos públicos y privados sobre temas ambientales. Si bien este portal es administrado por el Ministerio del Ambiente, la información disponible en él no representa, necesariamente, la opinion oficial de la institución.
Metadatos Dublin Core
dc.title
Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua
dc.title.code
30157
dc.subject.sinia
normas ambientales nacionales, disponibilidad de agua para riego, consumo de agua
dc.description.abstract
La presente Ley especial tiene por objeto regular la constitución y el funcionamiento de las organizaciones de usuarios de agua previstas en la Ley 29338, Ley de Recursos Hídricos. El recurso hídrico es patrimonio de la Nación de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política. Las organizaciones de usuarios de agua son organizaciones estables de personas naturales y jurídicas que canalizan la participación de sus miembros en la gestión multisectorial y uso sostenible de los recursos hídricos, en el marco de la Ley 29338, Ley de Recursos Hídricos.   Las organizaciones de usuarios de agua no persiguen fines de lucro y su actividad en la gestión de infraestructura hidráulica y de los recursos hídricos, es de interés público.
dc.description.repository
SIAL Trujillo
dc.contributor.author
Congreso de la República
dc.date.issued
2014-01-08
dc.identifier.url
http://sinia.drinux.com/sites/default/files/sial-sialtrujillo/archivos/public/docs/3966.pdf