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Tipo:

Ley

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Publicado: Mar 30/10/2007

Ley que regula los pasivos ambientales del sector hidrocarburos

La presente Ley tiene por objeto regular la gestión de los pasivos ambientales en las actividades del subsector hidrocarburos con la finalidad de reducir o eliminar sus impactos negativos en la salud, en la poblacion, en el ecosistema circundante y en la propiedad

Se consideran pasivos ambientales en las actividades del subsector hidrocarburos los pozos e instalaciones mal abandonados, los suelos contaminados, los efluentes, emisiones, restos o depositos de residuos ubicados en cualquier lugar del territorio nacional, incluyendo el zocalo marino, producidos como consecuencia de operaciones en el subsector hidrocarburos, realizadas por parte de empresas que han cesado sus actividades en el area donde se produjeron dichos impactos.

 

Etiquetas
Ficha técnica
Tipo de norma
Ley
Número de norma
29134
Estado de norma
Vigente
Autor de la publicación
Presidencia del Consejo de Ministros - PCM
Representante
Fecha de publicación 2007-10-30
Repositorio de origen
SINIA MINAM
Recursos disponibles
Archivo
Archivo
PDF | 493.92 KB | 3150.pdf
Importante
El Sistema Nacional de Información Ambiental-SINIA, constituye una red de integración tecnológica, institucional y técnica que facilita la sistematización, acceso y distribución de la información ambiental, así como el uso e intercambio de información para los procesos de toma de decisiones y de la gestión ambiental (Art. 35°, Ley N°28611). En este sistema, la ciudadania y los tomadores de decisiones acceden a información técnica, acedémica y científica de distintos organismos públicos y privados sobre temas ambientales. Si bien este portal es administrado por el Ministerio del Ambiente, la información disponible en él no representa, necesariamente, la opinion oficial de la institución.
Metadatos Dublin Core
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Ley que regula los pasivos ambientales del sector hidrocarburos
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29134
dc.subject.sinia
contaminacion del suelo, actividad petrolera, pasivos ambientales
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La presente Ley tiene por objeto regular la gestión de los pasivos ambientales en las actividades del subsector hidrocarburos con la finalidad de reducir o eliminar sus impactos negativos en la salud, en la poblacion, en el ecosistema circundante y en la propiedad

Se consideran pasivos ambientales en las actividades del subsector hidrocarburos los pozos e instalaciones mal abandonados, los suelos contaminados, los efluentes, emisiones, restos o depositos de residuos ubicados en cualquier lugar del territorio nacional, incluyendo el zocalo marino, producidos como consecuencia de operaciones en el subsector hidrocarburos, realizadas por parte de empresas que han cesado sus actividades en el area donde se produjeron dichos impactos.

 

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SINIA MINAM
dc.contributor.author
Presidencia del Consejo de Ministros - PCM
dc.date.issued
2007-10-30
dc.identifier.url
http://sinia.drinux.com/sites/default/files/sinia/archivos/public/docs/3150.pdf