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Tipo:

Decreto Supremo

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Publicado: Mié 14/05/2008

Límites Máximos Permisibles (LMP) de efluentes Líquidos para el Sub-sector Hidrocarburos.

El 14 de mayo de 2008, mediante Decreto Supremo N° 037-2008-PCM, se establecen los Límites Máximos Permisibles de efluentes Líquidos para el Sub sector Hidrocarburos, que exige el cumplimiento obligatorio a las actividades de hidrocarburos (explotación, exploración, transporte, refinación, procesamiento, almacenamiento, comercialización), que afecten el medio ambiente mediante flujos o descargas.

La presente norma deroga la RD N° 030-96-EM/DGAA.

 

Ficha técnica
Tipo de norma
Decreto Supremo
Número de norma
037-2008-PCM
Estado de norma
Vigente
Autor de la publicación
Presidencia del Consejo de Ministros - PCM
Representante
Fecha de publicación 2008-05-14
Repositorio de origen
SINIA MINAM
Recursos disponibles
Archivo
Archivo
PDF | 57.76 KB | 1455.pdf
Importante
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Metadatos Dublin Core
dc.title
Límites Máximos Permisibles (LMP) de efluentes Líquidos para el Sub-sector Hidrocarburos.
dc.title.code
037-2008-PCM
dc.subject.sinia
refinacion de compuestos derivados del petroleo, limites maximos permisibles
dc.description.abstract

El 14 de mayo de 2008, mediante Decreto Supremo N° 037-2008-PCM, se establecen los Límites Máximos Permisibles de efluentes Líquidos para el Sub sector Hidrocarburos, que exige el cumplimiento obligatorio a las actividades de hidrocarburos (explotación, exploración, transporte, refinación, procesamiento, almacenamiento, comercialización), que afecten el medio ambiente mediante flujos o descargas.

La presente norma deroga la RD N° 030-96-EM/DGAA.

 

dc.description.repository
SINIA MINAM
dc.contributor.author
Presidencia del Consejo de Ministros - PCM
dc.date.issued
2008-05-14
dc.identifier.url
http://sinia.drinux.com/sites/default/files/sinia/archivos/public/docs/1455.pdf