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Publicado: Mié 19/05/1999
Prohiben caza, extracción, transporte y/o exportación con fines comerciales de especies de fauna silvestre no autorizados por el INRENA, a partir del año 2000.
Esta norma prohibe a partir del 1 de enero del año 2000 la caza, extracción, transporte y/o exportación con fines comerciales de todo espécimen, productos y/o subproductos de las especies de fauna silvestre, a excepción de las provenientes de Zoocriaderos o de Areas de Manejo de Fauna Silvestre, debidamente autorizados por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA del Ministerio de Agricultura. Aprueba también la categorización de especies amenazadas de fauna silvestre, que se especifican en la presente norma formando parte del presente Decreto Supremo.
Etiquetas
Ficha técnica
| Tipo de norma |
Resolución Ministerial
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|---|---|
| Número de norma |
013-99-AG
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| Autor de la publicación |
Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI
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| Fecha de publicación | 1999-05-19 |
| Repositorio de origen |
SINIA MINAM
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Recursos disponibles
| Archivo |
Archivo
PDF | 43.9 KB |
1520.pdf
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Metadatos Dublin Core
Esta norma prohibe a partir del 1 de enero del año 2000 la caza, extracción, transporte y/o exportación con fines comerciales de todo espécimen, productos y/o subproductos de las especies de fauna silvestre, a excepción de las provenientes de Zoocriaderos o de Areas de Manejo de Fauna Silvestre, debidamente autorizados por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA del Ministerio de Agricultura. Aprueba también la categorización de especies amenazadas de fauna silvestre, que se especifican en la presente norma formando parte del presente Decreto Supremo.
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