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Tipo:

Ordenanza Municipal

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Publicado: Vie 12/07/2019

REDUCCIÓN PROGRESIVA DEL PLÁSTICO DE UN SOLO USO EN LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO

Promover la reducción progresiva del uso y distribución  de bolsas, sorbetes y utensilios, y envases de plástico y tecnopor de un solo uso, a fin de minimizar la generación de residuos sólidos contaminantes en la circunscripción territorial de la provincia de Coronel Portillo, conforme a lo dispuesto en el Art. 8º numeral 1 inciso 1.1 y 1.2 de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, a través de diversas acciones conducen a:

  1. Contribuir en la concreción del derecho que tiene toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, reduciendo para ello el impacto adverso de plástico de un solo uso, de la basura marina plástica, fluvial y lacustre y de otros contaminantes similares, en la salud humana y del ambiente.
  2. Incentivas el uso de materiales biodegradables no contaminantes y de otros materiales que sean reusables en reemplazo de lo señalados en el numeral  precedente, como son bolsas de tela, papel, entre otros.

La presente ordenanza es de aplicación a los establecimientos comerciales en general, mercados, a las instituciones públicas y privadas, vendedores y similares, así como a los visitantes y toda persona en general, en la circunscripción territorial de la provincia de Coronel Portillo,  conforme a lo dispuesto en el Art. 80 numeral 1 inciso 1.1 y 1.2 de la Ley N°27972- Ley Orgánica de Municipalidades, así como  en los locales de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo.

 

 

Etiquetas
Descriptores temáticos SINIA:
Ficha técnica
Tipo de norma
Ordenanza Municipal
Número de norma
016-2019
Estado de norma
Vigente
Fecha de publicación 2019-07-12
Repositorio de origen
SIAR Ucayali
Recursos disponibles
Archivo
Archivo
Importante
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Metadatos Dublin Core
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REDUCCIÓN PROGRESIVA DEL PLÁSTICO DE UN SOLO USO EN LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO
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016-2019
dc.subject.sinia
ecoeficiencia en el sector publico
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Promover la reducción progresiva del uso y distribución  de bolsas, sorbetes y utensilios, y envases de plástico y tecnopor de un solo uso, a fin de minimizar la generación de residuos sólidos contaminantes en la circunscripción territorial de la provincia de Coronel Portillo, conforme a lo dispuesto en el Art. 8º numeral 1 inciso 1.1 y 1.2 de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, a través de diversas acciones conducen a:

  1. Contribuir en la concreción del derecho que tiene toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, reduciendo para ello el impacto adverso de plástico de un solo uso, de la basura marina plástica, fluvial y lacustre y de otros contaminantes similares, en la salud humana y del ambiente.
  2. Incentivas el uso de materiales biodegradables no contaminantes y de otros materiales que sean reusables en reemplazo de lo señalados en el numeral  precedente, como son bolsas de tela, papel, entre otros.

La presente ordenanza es de aplicación a los establecimientos comerciales en general, mercados, a las instituciones públicas y privadas, vendedores y similares, así como a los visitantes y toda persona en general, en la circunscripción territorial de la provincia de Coronel Portillo,  conforme a lo dispuesto en el Art. 80 numeral 1 inciso 1.1 y 1.2 de la Ley N°27972- Ley Orgánica de Municipalidades, así como  en los locales de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo.

 

 

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SIAR Ucayali
dc.date.issued
2019-07-12
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http://sinia.drinux.com/sites/default/files/siar-ucayali/archivos/public/docs/munipalidad_de_coronel_portillo.pdf