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Tipo:

Decreto Supremo

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Publicado: Vie 03/05/1996

Reglamento de protección a los derechos de los obtentores de variedades vegetales.

Este Reglamento se aplica a todas las variedades cultivadas de los géneros y especies botánicas cuando su cultivo, posesión o utilización no se encuentren prohibidos por razones de salud humana, animal o vegetal.

La Autoridad Nacional Competente encargada de ejecutar las funciones administrativas contenidas en la Decisión 345 que establece un Régimen Común de Protección a los Derechos de los Obtentores de Variedades Vegetales y en el presente Reglamento, es la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías (OINT) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) y la encargada de ejecutar las funciones técnicas contenidas en el mismo, es el Programa Nacional de Recursos Genéticos y Biotecnología (PRONARGEB) del Instituto Nacional de Investigación Agraria (INIA).

 

Ficha técnica
Tipo de norma
Decreto Supremo
Número de norma
008-96-ITINCI
Estado de norma
Vigente
Autor de la publicación
Ministerio de la Producción - PRODUCE
Representante
Fecha de publicación 1996-05-03
Repositorio de origen
SINIA MINAM
Recursos disponibles
Archivo
Archivo
PDF | 59.32 KB | 1528.pdf
Importante
El Sistema Nacional de Información Ambiental-SINIA, constituye una red de integración tecnológica, institucional y técnica que facilita la sistematización, acceso y distribución de la información ambiental, así como el uso e intercambio de información para los procesos de toma de decisiones y de la gestión ambiental (Art. 35°, Ley N°28611). En este sistema, la ciudadania y los tomadores de decisiones acceden a información técnica, acedémica y científica de distintos organismos públicos y privados sobre temas ambientales. Si bien este portal es administrado por el Ministerio del Ambiente, la información disponible en él no representa, necesariamente, la opinion oficial de la institución.
Metadatos Dublin Core
dc.title
Reglamento de protección a los derechos de los obtentores de variedades vegetales.
dc.title.code
008-96-ITINCI
dc.subject.sinia
normas ambientales nacionales, acceso a recursos geneticos cultivados, valor economico de los recursos geneticos, diversidad genetica cultivada
dc.description.abstract

Este Reglamento se aplica a todas las variedades cultivadas de los géneros y especies botánicas cuando su cultivo, posesión o utilización no se encuentren prohibidos por razones de salud humana, animal o vegetal.

La Autoridad Nacional Competente encargada de ejecutar las funciones administrativas contenidas en la Decisión 345 que establece un Régimen Común de Protección a los Derechos de los Obtentores de Variedades Vegetales y en el presente Reglamento, es la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías (OINT) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) y la encargada de ejecutar las funciones técnicas contenidas en el mismo, es el Programa Nacional de Recursos Genéticos y Biotecnología (PRONARGEB) del Instituto Nacional de Investigación Agraria (INIA).

 

dc.description.repository
SINIA MINAM
dc.contributor.author
Ministerio de la Producción - PRODUCE
dc.date.issued
1996-05-03
dc.identifier.url
http://sinia.drinux.com/sites/default/files/sinia/archivos/public/docs/1528.pdf